SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0893/2024-S3
Fecha: 07-Oct-2024
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Certificado Médico Legal - Forense de 3 de abril de 2021, practicado por la médica forense del Instituto de Investigaciones Forenses en la víctima (fs. 2 a 3).
II.2. Informe de Entrevista Psicológica Informativa de 3 de abril de 2021 (fs. 4 a 6).
II.3. Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, siendo la víctima la impetrante de tutela, contra José Carlos Miranda Aguirre y Carlos Ladislao Aguirre Vargas, por la presunta comisión del delito de violación y complicidad en el mismo, respectivamente, Heber Gonzalo Torrejón Siñani, Fiscal de Materia asignado al caso, dictó Resolución de Sobreseimiento H.G.T.S. 04/2022 de 19 de enero (fs. 49 a 53).
II.4. Aly Rosario Venegas Miranda, Fiscal Departamental en suplencia legal de La Paz, resolviendo la impugnación opuesta por la víctima al requerimiento conclusivo de sobreseimiento referido en el acápite anterior, emitió la Resolución FDLP/ARVM/S 227/2022 de 23 de febrero, por la que lo ratificó, disponiendo la conclusión del proceso, la cesación de las medidas cautelares que se hubiese impuesto y la cancelación de antecedentes policiales (fs. 54 a 57 vta.).