SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0064/2024
Fecha: 02-Oct-2024
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional en su Sala Plena; en virtud a la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.11 y 28.I.10 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; resuelve, declarar: COMPETENTE al Juez de Instrucción Penal Segundo del departamento de La Paz, para continuar con el conocimiento del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Juan Alfredo Siñani Aruquipa en contra de Ruiter Richard Ramos Villa, por la presunta comisión del delito de lesiones graves y leves, debiendo remitirse a su conocimiento los antecedentes del caso; y, en consecuencia, se levanta la suspensión dispuesta por Auto Constitucional 0043/2024-CA de 19 de enero, debiendo proseguir la causa conforme a derecho.
CORRESPONDE A LA SCP 0064/2024 (viene de la pág. 13).
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Se hace constar que no intervienen los Magistrados MSc. Georgina Amusquivar Moller y Dr. Petronilo Flores Condori, por ser de Voto Disidente; por otra parte, la Magistrada MSc. Julia Elizabeth Cornejo Gallardo, es de Voto Aclaratorio.
Ph.D. Paul Enrique Franco Zamora
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- II. El ámbito de vigencia material de la jurisdicción indígena originaria campesina no alcanza a las siguientes materias:
- III. Los asuntos de conocimiento de la jurisdicción indígena originaria campesina, no podrán ser de conocimiento de la jurisdicción ordinaria, la agroambiental y las demás jurisdicciones legalmente reconocidas” (las negrillas son añadidas).
- POR TANTO
- PRESIDENTE
- MAGISTRADO
- MAGISTRADA