SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0654/2024-S1
Fecha: 17-Oct-2024
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancia del Ministerio de Educación y la Dirección Departamental de Educación de Chuquisaca contra Félix Fausto Coronado Mejía -ahora accionante- y otros, por la supuesta comisión del delito de concusión y otros; por memorial presentado por el prenombrado el 6 de julio de 2021, ante la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, formuló excepción de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso (fs. 410 a 427).
II.2. Mediante Auto Supremo 202/2022 de 4 de abril, Edwin Aguayo Arando y Olvis Egüez Oliva, Magistrados de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia -autoridades ahora demandadas- declararon infundada la excepción de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, presentada por el impetrante de tutela (fs. 447 a 458).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Respecto a la segunda finalidad, tanto la SCP 2221/2012 como la SCP 0100/2013, señalan que la arbitrariedad puede estar expresada en una decisión: i) Sin motivación, cuando la resolución no da razones que la sustenten; ii) Con motivación