SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0702/2024-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0702/2024-S2

Fecha: 26-Nov-2024

II. CONCLUSIONES

De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:

II.1.  Cursa “DICTAMEN PSICOLOGICO PERICIAL” PSICO.FOR.LPZ 17/2020 de 12 de abril de “2021”, por el que la Psicóloga Forense del IDIF, concluyó en lo principal que el padre de los menores BB, CC y DD -hoy parte accionante- se encuentra con depresión y ansiedad, y que presenta una escala media alta de la intensidad de síntomas de estrés post traumático (fs. 168 a 173 vta.).

II.2.  Por memorial de “Septiembre de 2020”, la DNA “Max Paredes” del GAM de La Paz, formuló ante el Ministerio Público denuncia por la presunta comisión del delito de abuso sexual de CC, menor de edad -hijo del accionante- contra “Samuel Bautista” (fs. 62 a 64).

II.3.  Consta Informe de intervención CITE: SMDS/DDM/UDIF/PAIF 2/DNA 2/ 01/2020 de 7 de septiembre, del equipo interdisciplinario de la citada DNA “Max Paredes” dirigido al Ministerio Público, por el que concluyó que AA -accionante- alegó que su hijo menor de edad CC se encuentra en riesgo al no ser valorado psicológicamente sobre los hechos de abuso sexual, por lo que se solicitó que se tomen las acciones necesarias para resguardar los derechos del menor de edad y posibilitar el esclarecimiento de la verdad histórica de los hechos (fs. 73 a 74).

II.4.  Se tiene Informe Psicológico CITE: SMDS/DDM/DNA-11/ 104/20 de 27 de octubre de 2020, por el que el Psicólogo de la DNA Especializada Penales del GAM de La Paz, dirigiéndose al Juzgado Público de la Niñez y Adolescencia -de la Capital del departamento de La Paz-, remitió una evaluación psicológica de los menores BB, CC y DD, concluyendo que fueron víctimas de agresiones físicas ocasionadas por parte de ambos padres, como antecedente de la convivencia; y, en cuanto a las agresiones psicológicas, también las sufrieron por parte de los antes mencionados ante la presencia de conductas impulsivas y recurrentes con agresiones verbales frente a ellos (fs. 75 a 78).

II.5.  Mediante Informe Social CITE: SMDS/DDM/UDIF/DNA-11- 218/2020 de 13 de noviembre, la Trabajadora Social de la indicada DNA Especializada Penales, se dirigió al Ministerio Público, y en lo principal, consignó que se diagnosticó que BB, CC y DD son víctimas de infracción por violencia psicológica por parte de sus progenitores (fs. 79 a 83).

II.6.  Cursan: a) Informe Psicológico CITE: SMDS/DDM/DNA ESP-11/ 005/2021 de 19 de enero, de la Psicóloga de la señalada DNA Especializada Penales, realizado a la niña DD, que en ese entonces tenía cinco años, concluyendo que la misma tiene estabilidad emocional, fuertes lazos con su progenitora y que rechaza a su progenitor (fs. 68 a 69); b) Informe Psicológico CITE: SMDS/DDM/DNA ESP-11/ 005/2021 de 19 de enero, de la mencionada Psicóloga, realizado al menor CC de ocho años de edad, concluyendo que el mismo presenta estabilidad emocional al encontrarse con su madre y que denota rechazo al progenitor (fs. 70 y vta.); y, c) Informe Psicológico CITE: SMDS/DDM/DNA ESP-11/ 005/2021 de 19 de enero, de la referida profesional, realizado a la menor BB de once años de edad, concluyendo que presenta estabilidad emocional al encontrarse con su madre y que denota ambivalencia emocional hacia el progenitor (fs. 71 a 72).

II.7. Informe de entrevista psicológica informativa de 23 de febrero de 2021, al menor de edad CC, en el que el Psicólogo Forense de la Unidad de Protección a Víctimas y Testigos (UPAVT) de la Fiscalía Departamental de La Paz, se consigna en lo principal que el menor no recibe un buen trato de su padre -accionante AA- (fs. 183 a 184).

II.8. Cursa Informe de entrevista psicológica informativa de 23 de febrero de 2021, a BB en el que el Psicólogo Forense de la UPAVT de la Fiscalía Departamental de La Paz, consigna en lo principal que su padre -accionante AA- no le hacía daño pero que sí presenciaba que tenía discusiones con su madre (fs. 186 a 187).

II.9.  Consta Informe Social CITE: SMDS/DDM/UDIF/DNA-11- 110/2021 de 23 de diciembre, de la Trabajadora Social de la DNA Especializada Penales del GAM de La Paz, dirigido al Ministerio Público, por el que en lo principal, se diagnosticó que la madre del menor de edad CC, denunció al padre del niño por violencia psicológica, y que el antes mencionado también refirió ser víctima de violencia por parte de la aludida; asimismo, el acusado fue notificado con medidas de protección a favor de su exconcubina; y, el niño proviene de una familia monoparental, a raíz de los conflictos de sus progenitores quedando a la fecha bajo el cuidado de su madre (fs. 84 a 86 vta.).

II.10. Se tiene Dictamen Pericial Psicológico IDIF-PSICO-FOR 020/2022 -no cita fecha-, por el que la Psicóloga Forense del IDIF, concluyó en lo principal que la madre de los menores BB, CC y DD no presenta una conducta agresiva (fs. 161 vta. a 165 vta.).

II.11. Informe Social CITE: SMSDS/DDM/UDIF/DNA -11- 137/2022 de 7 de noviembre, de la Trabajadora Social de la citada DNA Especializada Penales, dirigido al Ministerio Público, por el que en lo principal, se diagnosticó que el niño CC, en ese entonces de diez años de edad, presunta víctima de abuso sexual proviene de una familia monoparental aparentemente con características funcionales (fs. 87 a 88 vta.)

II.12. Por Sentencia 68/2023 de 30 de noviembre, el Juez de Sentencia Penal y contra la Violencia hacia la Mujer Quinto de la Capital del departamento de La Paz, declaró culpable al ahora accionante AA, por la -presunta- comisión del delito de violencia familiar o doméstica contra la madre de los menores de edad BB, CC y DD, sancionándolo con la pena privativa de libertad de dos años a cumplirse en el Centro Penitenciario de San Pedro de La Paz (fs. 142 a 159).

II.13. Cursa Informe Social CITE: GAMLP/SMEDS-DDM-UDIF-DNA E PENALES 127/2023 de 14 de diciembre, de la Trabajadora Social de la DNA Especializada Penales del GAM de La Paz, dirigido a quien corresponda, por el que se diagnosticó que la menor BB, emerge de una familia tipo monoparental, conformada por madre y hermanos, con quienes la relación es estable y de acuerdo a la historia social e informe de la entrevista en cámara Gesell del “12-12-2023” fue presumiblemente víctima de abuso sexual por parte de su progenitor -hoy accionante- (fs. 89 a 91 vta.).