Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0103/2024
Fecha: 31-Dic-2024
II
(…)
15. A ser consultados mediante procedimientos apropiados, y en particular a través de sus instituciones, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles. En este marco, se respetará y garantizará el derecho a la consulta previa obligatoria, realizada por el Estado, de buena fe y concertada, respecto a la explotación de los recursos naturales no renovables en el territorio que habitan.
(…)
Artículo 299.
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12.5
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES | I. Todas las obras, actividades o proyectos, públicos o privados, con carácter previo a su inversión y ejecución, deberán contar obligatoriamente con el instrumento de evaluación de impacto ambiental, aprobado por la Autorid
- Articulo 7 (EJECUCION DE ACTIVIDADES, OBRAS O PROYECTOS).-
- DISPOSICIONES FINALES
- II
- II. Las siguientes competencias se ejercerán de forma concurrente por el nivel central del Estado y las entidades territoriales autónomas:
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Las aludidas categorías de análisis, en la teoría general de las normas jurídicas son abordadas como parte de la validez formal o existencia de éstas, vinculada, en esencia, al cumplimiento de requisitos relativos a las formas y procedimientos para l