SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 0044/2024-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0044/2024-S2

Fecha: 28-Feb-2024

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante a través de su representante alega la lesión de sus derechos a la vida, a la salud, al trabajo, a la estabilidad e inamovilidad laboral y a la seguridad social, así como a los principios pro homine, pro actione, favor débilis y verdad material; toda vez que, pese a que dio a conocer formalmente su discapacidad físico motora a la Representación Distrital de La Paz del Consejo de la Magistratura, y la enfermedad crónica autoinmune e incurable que padece, y después de más de “dieciséis” años de desempeñar sus funciones en el cargo de “OFICIAL DE DILIGENCIAS DEL TRIBUNAL DE SENTENCIA DE LA LOCALIDAD DE SICA SICA, PROVINCIA AROMA” (sic), de forma irregular e ilegal sin habérsele iniciado ningún proceso administrativo interno que justifique su despido, se le comunicó su desvinculación laboral, y a pesar que la Dirección General del Servicio Civil del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, mediante Instructiva de Reincorporación MTPES/VESCyCOOP/DGSC 04, instruyó su reincorporación laboral al mismo cargo que ejercía sin afectar su nivel salarial, y todos los derechos sociales inherentes; la parte accionada se rehúsa a dar cumplimiento a la misma, provocando que se le haya dado de baja del sistema de seguro social, encontrándose por ello en riesgo su vida y salud, privándole además de obtener los recursos económicos mínimos para su sustento y el de su familia, y recibir los medicamentos y tratamientos especializados que requiere, lo que constituye una omisión del deber de protección reforzada a las personas con discapacidad y debilidad manifiesta de salud.

En revisión, corresponde determinar si tales extremos son evidentes, a fin de conceder o denegar la tutela impetrada.

III.1.  La protección legal y constitucional de personas en situación de vulnerabilidad y que requieren de protección reforzada dada su condición de riesgo a su salud y vida

La SCP 0067/2023-S3 de 23 de marzo, asumiendo la progresividad de los derechos de personas que requieren protección reforzada, vinculada a la inamovilidad laboral de personas con discapacidad, estableció el siguiente entendimiento:

«…la Norma Suprema, haciendo referencia a las prerrogativas y derechos de las personas con discapacidad, señaló:

“Artículo 14.

(…)