SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2024-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0019/2024-S2

Fecha: 08-Feb-2024

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  A través de memorial presentado el 2 de marzo de 2022, ante la Fiscalía Departamental de Santa Cruz, Laura Céspedes Sánchez, Encargada Distrital Santa Cruz del Consejo de la Magistratura, formuló denuncia contra Manuel Baptista Espinoza, exjuez de Ejecución Penal Primero del mismo departamento -hoy accionante-, por la presunta comisión de los delitos de prevaricato e incumplimiento de deberes (fs. 3 a 6).

II.2.  Mediante escrito de idéntica fecha, Roxana Gonzales Antelo, Fiscal de Materia, informó el inicio de investigación contra el peticionante de tutela al Juez de Instrucción, Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer de turno de la Capital del indicado departamento (fs. 8).

II.3.  Consta Orden de Citación de 4 del referido mes y año, emitido por Mirtha Mejía Salazar, Fiscal de Materia -ahora demandada-; por la que, citó al solicitante de tutela a que el 7 de igual mes y año a horas 15:00, preste su declaración informativa en calidad de denunciado en oficinas de la Unidad de Anticorrupción de la Fiscalía Departamental de Santa Cruz (fs. 2).

II.4.  Por memorial de 5 de marzo de 2022, dirigido al Juez de Instrucción, Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Quinto de la Capital del departamento de Santa Cruz, la demandada y Alberto Zeballos Flores, Fiscales de Materia, pusieron en conocimiento la ampliación de denuncia contra el impetrante de tutela por los delitos de uso indebido de influencias y consorcio de jueces, fiscales, policías y abogados, y otros (fs. 29).

II.5.  Se tiene Resolución Fiscal de Aprehensión de igual fecha, expedido por los aludidos Fiscales de Materia; por el cual, resolvieron requerir la aprehensión del accionante y otros (fs. 23 a 27 vta.).

II.6.  Cursa Orden de Aprehensión de 5 de marzo de 2022, suscrita por los nombrados representantes fiscales, ordenando a la comisión de investigadores o autoridades policiales para que aprehendan y conduzcan a la Unidad de Anticorrupción de la Fiscalía Departamental de Santa Cruz al solicitante de tutela; ya que, es necesaria su presencia al existir suficientes elementos e indicios de responsabilidad por la presunta comisión de los delitos de uso indebido de influencias, consorcio de jueces, fiscales, policías y abogados, prevaricato e incumplimiento de deberes (fs. 28).