SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0078/2024-S2
Fecha: 25-Mar-2024
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR en parte la Resolución 127/2022 de 22 de julio, cursante de fs. 80 a 84, pronunciada por la Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; y, en consecuencia:
1° CONCEDER la tutela impetrada, respecto al derecho a la petición, disponiendo que las autoridades accionadas otorguen a la empresa accionante una respuesta clara y precisa, así como debidamente fundamentada, en el plazo de tres días a contar desde la notificación con la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, salvo que ésta ya se hubiera emitido en función a la concesión de tutela dispuesta por la indicada Sala Constitucional; y,
2° DENEGAR la tutela impetrada, con relación a la extensión del documento de idoneidad y sobre el derecho al trabajo, con base en los Fundamentos Jurídicos expuestos en el presente fallo constitucional
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA
Fdo. MSc. DAEN Brigida Celia Vargas Barañado
MAGISTRADA