SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0057/2024-S3
Fecha: 05-Abr-2024
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 036/2024 de 15 de marzo, cursante de fs. 38 a 43 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, respecto a la denegatoria sobre el derecho al debido proceso en sus vertientes de fundamentación y motivación y en consecuencia:
1° CONCEDER la tutela solicitada de manera integral; y,
2° DISPONER en el mismo sentido que la mencionada Sala Constitucional.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Isidora Jiménez Castro
MAGISTRADA
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III. Todas las niñas, niños y adolescentes, sin distinción de su origen, tienen iguales derechos y deberes respecto a sus progenitores. La discriminación entre hijos por parte de los progenitores será sancionada por la ley’.
- POR TANTO