SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0171/2024-S3
Fecha: 22-May-2024
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 109/2022 de 13 de mayo, cursante de fs. 59 a 62, pronunciada por la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; y, en consecuencia:
1º CONCEDER en parte la tutela solicitada, con relación al derecho al debido proceso en sus elementos de fundamentación, motivación e incongruencia omisiva, aditiva, citra petita y ultra petita, vinculado a la libertad física y a la presunción de inocencia, disponiendo:
a) Dejar sin efecto el Auto de Vista 296/2022 de 26 de abril; debiendo emitirse uno nuevo por los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, con la debida celeridad, conforme a los fundamentos jurídicos expuestos en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional; y,
2º DENEGAR la tutela solicitada con relación al Juez de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Tercero de El Alto del departamento de La Paz, conforme a los fundamentos jurídicos expuestos en este fallo constitucional.
CORRESPONDE A LA SCP 0171/2024-S3 (viene de la pág. 22).
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO
Fdo. MSc. Isidora Jiménez Castro
MAGISTRADA