SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0201/2024-S3
Fecha: 22-May-2024
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 91/2023 de 1 de diciembre, cursante de fs. 87 a 90 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija; y, en consecuencia:
1° CONCEDER en parte la tutela solicitada respecto a la existencia de legitimación activa en el accionante para interponer la presente acción de defensa;
2° DENEGAR la tutela solicitada con relación de los derechos al medio ambiente saludable, protegido y equilibrado; y, la preservación del patrimonio natural del departamento de Tarija, al no haberse evidenciado la vulneración de los mismos, conforme a los fundamentos jurídicos expuestos en el presente fallo constitucional; y,
3° EXHORTAR al Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Tarija regular y/o controlar el uso del paso vehicular por el Puente San Martín, y de ser necesario restringir la circulación del transporte pesado, debiendo planificarse las obras de conservación y mantenimiento en una época del año con menor caudal de agua, trabajo que además, debe ser efectuado con prontitud y diligencia de disponerse la habilitación de un paso vehicular en el lecho del Río Guadalquivir con la finalidad de permitir el descongestionamiento vehicular.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO
Fdo. MSc. Isidora Jiménez Castro
MAGISTRADA