SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 0162/2024-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0162/2024-S4

Fecha: 22-May-2024

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Mediante cite CA/GR/JRTH/0026/2022 de 23 de agosto, Mónica Tania Mena Camargo y Angélica Patricia Rodríguez Araujo, Gerente y Jefe de Talento Humano, respectivamente, ambas de la Regional Potosí del Banco Unión S.A. –ahora codemandadas–, le comunicaron a Ana Verina Carvajal Romay –hoy accionante–, que se procedería a efectuar el registro de hechos posteriores a su desvinculación por renuncia; por lo que, se le asignaría el “Código 55”, de acuerdo a lo previsto en la Sección 4, Capítulo IV, Título V, Libro 2° de la “Recopilación de Normas para Servicios Financieros”; adjuntando al mismo el Informe de Auditoría CITE: IN/AIN-CE/056/2022 (fs. 24; y, 25 a 31).

II.2.    Por memorial de 5 de septiembre de 2022, dirigido a la Gerencia y Jefatura de Talento Humano de la Regional Potosí del Banco Unión S.A., la impetrante de tutela interpuso recurso de apelación o revocatorio contra el acto administrativo – codificación por hechos posteriores a la desvinculación por renuncia (fs. 16 a 22 vta.).

II.3.    A través de nota de 13 de enero de 2023, la solicitante de tutela pidió a Mónica Tania Mena Camargo, Gerente Regional Potosí del Banco Unión S.A, información acerca de la codificación ante la ASFI con la que se le reportó; obteniendo en respuesta, el CITE: CA/PTS/GR/0008/2023 de 17 del mismo mes; por medio de la cual, se le refirió que como ya era de su conocimiento fue recodificada ante la ASFI, con el “Código 55”; y, que la documentación enviada al efecto debía solicitarla ante la autoridad competente (fs. 15; y, 14).

II.4.    Cursa Recopilación de Normas para Servicios Financieros de la ASFI (fs. 86 a 121 vta.).