SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0258/2024-S4
Fecha: 26-Jun-2024
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa Acta de Audiencia de Aplicación de Fundamentación de 19 de julio de 2022, en el cual se tiene que desarrollándose los incidentes de excepción de prescripción de la acción penal, de falta de acción y prejudicialidad, y nulidad de imputación por falta de fundamentación, planteado por Fernando Cuellar Núñez –hoy accionante–, dentro del proceso penal seguido en su contra por el Ministerio Público, y denuncia de Saúl Montero Vásquez –ahora tercero interesado–, por la presunta comisión del delito de tráfico de tierras, previsto y sancionado por el art. 337bis del CP; dichos incidentes fueron resueltos por los Autos Interlocutorios 428/22, 429/22, y 430/22 de la referida fecha, respectivamente; mediante los cuales, el Juez de Instrucción Penal y Anticorrupción Tercero del departamento de Santa Cruz –ahora codemandado–, declaró infundadas las pretensiones jurídicas del incidentista (fs. 4 a 17).
II.2. Interpuesta que fue los recursos de apelación por el impetrante de tutela, contra las merituadas Resoluciones; la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida por los Vocales de la Sala Tercera y Primera –hoy demandados–, mediante Auto de Vista 358 de 1 de agosto de 2022, resolvieron declarar improcedente el precitado recurso de apelación planteado, y en consecuencia, confirmaron en todas sus partes los Autos Interlocutorios 429/22 y 430/22, que declararon infundadas las excepciones y el incidente de nulidad (fs. 50 a 56 vta.).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Por otra parte, debe quedar claro que el impetrante de tutela, si bien en su apelación incidental, refirió que el Juez de primera instancia habría interpretado que la demanda de reivindicación ante un juez en materia civil, se constituiría en un nuev