Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0213/2024-S4
Fecha: 11-Jun-2024
“Articulo 46.- (BAJA DE REGISTRO POR CONCLUSIÓN)
La baja del registro en el Sistema CONTROLEG II, consiste en la actualización del “Estado del Proceso” cuando este haya concluido, para lo cual se debe insertar el documento de respaldo correspondiente.
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- “Articulo 46.- (BAJA DE REGISTRO POR CONCLUSIÓN)
- Articulo 47.- (EXCLUSIVIDAD DE LA CGE) | II. Cuando la Entidad o Empresa Publica u otra Estatal, es la que reporta la conclusión de un proceso o requerimiento de pago, ejecutoriado y/o extinguido por cualquiera de sus formas. | III. Cuando el proceso
- I. Cuando el (los) involucrado(s) acrediten que ha existido resarcimiento del daño económico al Estado o sentencia ejecutoriada a su favor.
- POR TANTO