SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0233/2024-S2
Fecha: 06-Jun-2024
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución AAC-0070/2022 de 9 de agosto, cursante de fs. 143 a 147, pronunciada por la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; y en consecuencia:
CORRESPONDE A LA SCP 0233/2024-S2 (viene de la pág. 11).
1° CONCEDER en parte la tutela impetrada, por la lesión de los derechos laborales invocadas por las accionantes, disponiendo:
a) La reincorporación laboral de Ambrocia Coca Arias, más el pago de sueldos devengados y demás derechos a su favor, desde el momento de su retiro; es decir, 12 de enero de 2022; monto que deberá ser calculado de acuerdo al nivel salarial que tenía como Ayudante de Vivero, en ejecución de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional; y,
b) La reincorporación laboral de Nayra Juana Herrera Aguilera, más el pago de sueldos devengados y demás derechos a su favor, desde el momento de su retiro; es decir, 21 de febrero de 2022; monto que deberá ser calculado de acuerdo al nivel salarial que tenía como Auxiliar de Cultura y Turismo, en ejecución de este fallo constitucional.
2° DENEGAR la tutela respecto a los derechos a la vida y a la salud, por las razones explicadas en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
MSc. DAEN Brigida Celia Vargas Barañado
MAGISTRADA
MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA