SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0362/2024-S3
Fecha: 27-Jun-2024
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 150/2022 de 15 de junio, cursante de fs. 35 a 40 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; y, en consecuencia:
1º CONCEDER en parte la tutela solicitada, con relación a la Vocal de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz y a los derechos a la libertad y al debido proceso en su elemento a la impugnación, conforme a los fundamentos jurídicos expuestos en esta Sentencia Constitucional Plurinacional.
a) Disponer que la Vocal de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, deje sin efecto la Resolución 389/2022 de 1 de junio y admita el recurso de apelación incidental interpuesto por el accionante, ingresando a conocer y resolver el fondo del mismo, conforme corresponda en derecho, siempre y cuando que por el transcurso del tiempo, la situación jurídica del nombrado no hubiese cambiado.
2º DENEGAR la tutela solicitada, con relación al derecho al debido proceso en sus elementos a la defensa y congruencia.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO
Fdo. MSc. Isidora Jiménez Castro
MAGISTRADA