SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0333/2024-S4
Fecha: 17-Jul-2024
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Consta Informe de 13 de agosto de 2019, dirigido a Nelson Pacheco Barrios, Director del Centro Penitenciario Santa Cruz “Palmasola” emitido por Albertina Arequipa Condori, Encargada de salidas judiciales; en el mismo refiere que, no se puede trasladas a la Carceleta de Buena Vista al acusado Ángel Aguilar Herbas −hoy impetrante de tutela−; debido a que, la documentación llegó a destiempo y que el trámite para el pago de pasaje y viáticos tarda entre diez a quince días (fs. 2).
II.2. Cursa oficios 240/2022 y 289/2022 de 4 y 19 de mayo, suscritos por la Presidenta y Jueces del Tribunal de Sentencia Penal Primero de Buena Vista del departamento de Santa Cruz, respectivamente, –ahora demandados−, dirigido al Director del Centro Penitenciario ut supra referido, donde se le solicita el traslado temporal del ahora accionante a la Carceleta de Buena Vista para que asista a las audiencias fijadas para el 26 y 27 de mayo de 2022 (fs. 37 y 38).
II.3. Consta Actas de Suspensión de Audiencias de Juicio Oral de 21 de abril y 27 de mayo ambas de 2022; y, decreto de 6 de junio del mismo año, emitido por las autoridades judiciales, hoy demandadas, donde suspenden la audiencia señalada para el 9 y 10 de junio de mismo año referido y reprograman para el 24 de igual mes y año (fs. 33 a 36; 39 a 41; y, 44).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Sobre el particular, la SCP 0594/2023-S2 de 3 de julio, citando a la SC 1579/2004-R de 1 de octubre, sostuvo que: "…protege al detenido de aquellas condiciones que agravan en forma ilegítima la detención, violando su condición humana. A través de est