SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0414/2024-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0414/2024-S2

Fecha: 29-Jul-2024

POR TANTO

El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución 16/2024 de 13 de junio, cursante de fs. 30 a 32 vta., pronunciada por la Jueza de Sentencia Penal Decimocuarta de la Capital del departamento de La Paz; y, en consecuencia:

CONCEDER la tutela impetrada ante la evidenciada dilación y/o demora en la extensión y remisión de la información requerida judicialmente sobre la Certificación de movimiento o flujo migratorio recepcionado por la Dirección General de Migración de La Paz el 15 de mayo de 2024, derivando en el indirecto riesgo de afectación a la vida e integridad de la menor de edad AA -ahora accionante-;

Disponer que la referida instancia administrativa en el plazo de veinticuatro horas de su legal notificación con la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, por la sección que corresponda extienda y remita al Juez Público de la Niñez y Adolescencia Tercero de la Capital del departamento de La Paz la extrañada Certificación, siempre y cuando la misma no hubiese sido ya cumplida por el transcurso del tiempo.

Exhortar al Ministerio de Relaciones Exteriores -en su dependencia de la Dirección General de Asuntos Jurídicos- y al Juez Público de la Niñez y Adolescencia Tercero de la Capital del departamento de La Paz, a fin de que en las actuaciones administrativas y jurisdiccionales que les correspondan, asuman según sus atribuciones y competencias, garanticen y efectivicen la prontitud y rapidez de las solicitudes, procedimientos y/o proceso inherentes al instituto jurídico de la restitución internacional, conforme se tiene precisado ut supra; a cuyo efecto por Secretaría General de este Tribunal Constitucional Plurinacional procédase a las notificaciones respectivas.

Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.

Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas

MAGISTRADA

Fdo. MSc. DAEN Brigida Celia Vargas Barañado

MAGISTRADA