SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0581/2024-S3
Fecha: 29-Jul-2024
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera, en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR en parte la Resolución de 19 de octubre de 2022, cursante de fs. 78 vta. a 85 vta., pronunciada por la Jueza de Partido del Trabajo y Seguridad Social y Público de la Niñez y Adolescencia Primera de Yacuiba del departamento de Tarija, constituida en Jueza de garantías; y en consecuencia,
1° CONCEDER en parte provisionalmente la tutela impetrada respecto a los derechos al trabajo, inamovilidad laboral y seguridad social.
2° DENEGAR la tutela impetrada en relación al derecho a la estabilidad laboral.
3° Disponer que el Ejecutivo Regional del Gobierno Autónomo Regional del Gran Chaco del departamento de Tarija, mediante su representante legal, dé cumplimiento a la Resolución Administrativa Conminatoria de Reincorporación JRTY/ERYC – 013/2022 de 27 de julio, en los términos dispuestos, debiendo proceder a la restitución de Alex Velásquez Ávila, al mismo cargo que ocupaba e igual nivel salarial que percibía, al momento de su desvinculación laboral; así como, al pago de salarios devengados y demás derechos laborales y sociales que correspondan.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Isidora Jiménez Castro
MAGISTRADA
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO