SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0589/2024-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0589/2024-S3

Fecha: 30-Jul-2024

POR TANTO

El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado, y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve REVOCAR la Resolución 0106/2024 de 1 de julio, cursante de fs. 112 a 116, pronunciada por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca; y en consecuencia:

1° CONCEDER la tutela impetrada, conforme a los fundamentos jurídicos de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional; en consecuencia, dejar sin efecto la Resolución 1/2024 de 8 de enero, pronunciada por la autoridad sumariante accionada; y, ordenar que dicha autoridad emita una nueva resolución de acuerdo a los entendimientos asumidos en esta Sentencia Constitucional Plurinacional.

2° Anular la Sentencia de 22 de octubre de 2023, emitida por la Jueza Público Mixto de Familia Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primera de Betanzos del departamento de Potosí; y, ordenar que pronuncie una nueva sentencia en el marco de los Fundamentos Jurídicos y normativa aplicable desarrollados en el presente fallo constitucional.

3º  Remitir al Consejo de la Magistratura, la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, a los fines del inicio de las acciones legales pertinentes contra Mary Jackeline Barrientos Argandoña, Jueza Público Mixto de Familia Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primera de Betanzos del departamento de Potosí, conforme al Fundamento Jurídico III.5.1 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.

4° Remitir al Gobierno Autónomo Municipal de Betanzos del departamento de Potosí, la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, para la aplicación de medidas correctivas, disciplinarias y/o legales pertinentes contra Nadia Vargas Caballero, Defensora de la Niñez y Adolescencia de ese municipio, conforme al Fundamento Jurídico III.5.1 del presente fallo constitucional.

5° Notificar al Fiscal General del Estado, para que supervise la actuación del Ministerio Público en el caso NUREJ 50136570 y CUD 503102022300179.

6°  Notifíquese por Secretaría General del Tribunal Constitucional Plurinacional al Consejo de la Magistratura, Fiscal General del Estado y Gobierno Autónomo Municipal de Betanzos del departamento de Potosí, con la presente Sentencia Constitucional Plurinacional. 

Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.

      Fdo. MSc. Isidora Jiménez Castro