SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 0309/2024-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0309/2024-S1

Fecha: 17-Jul-2024

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se evidencia lo siguiente:

II.1.  Cursa credencial de Concejal Titular del Municipio de Poroma, provincia Oropeza del departamento de Chuquisaca, otorgado al ciudadano Pablo Flores Arce –ahora accionante– por el TED de ese departamento, en la gestión 2021 (fs. 6).

II.2.  Mediante documento privado denominado “Gestión Compartida entre Concejales Titulares y Suplentes del Gobierno Autónomo Municipal de Poroma -2021-2026” del departamento de Chuquisaca, suscrito el 12 de abril de 2021 por Filomeno Cruz Quispe, Marcelina Valeriano Patsi, Lucia Alarcón Choque de Torrejón, Vicente Araca Heredia, Estefanía Chucamani Ugarte –autoridades ahora demandadas–, y el accionante, como Concejales Titulares; y, Esteban Torrez Heredia, Isabel Rojas Hinojosa, Martha Chirari Porcel, Rómulo Pacheco Canaviri y María Chirari Choque, Concejales Suplentes, todos miembros del mencionado Concejo Municipal, con reconocimiento de firmas ante Miriam Leonor Rojas Prada, Notaria de Fe Pública Ocho del indicado departamento; acordaron realizar una gestión compartida; es decir, que los Concejales Titulares ejercerán la gestión municipal por tres años, y los Concejales Suplentes por el lapso de dos años. En el punto quinto a modo de aclaración refieren que el Tercer Concejal Titular Pablo Flores Arce, por lealtad a sus autoridades naturales una vez posesionado solicitará licencia indefinida por razones personales en la primera sesión de ese Concejo Municipal, con la finalidad de ceder su cargo de Concejal Titular a la Concejal Suplente Martha Chirari Porcel, a efectos de cumplir la gestión compartida y se incorporará en su titularidad, en el tiempo y lugar. Por su parte Martha Chirari Porcel, aceptó y aclaró que una vez solicitada la reincorporación del titular Pablo Flores Arce, presentará su renuncia irrevocable o cederá su cargo al Concejal titular en razón del tiempo convenido que amerite cumplir la gestión compartida, conforme a normativa vigente (fs. 130 a 134).

II.3.  Consta Acta de Sesión Ordinaria 22/2021 de 1 de junio, firmado por los miembros del Concejo Municipal del GAM de Poroma, provincia Oropeza, Segunda Sección del departamento de Chuquisaca, en el que consta que Martha Chirari Porcel –autoridad demandada–, adjuntando un documento que dice ser reconocido por Notaria de Fe Pública, solicitó la aprobación del mismo, que contiene un acuerdo de gestión compartida suscrito por el impetrante de tutela, a través del cual de forma voluntaria se compromete a solicitar licencia indefinida por razones personales y por lealtad a sus autoridades, el cual fue aprobado por unanimidad de votos para ejercer la gestión compartida (fs. 7 a 8).

II.4.  Por nota de 2 de junio de 2021, presentada ante el Concejo Municipal del GAM de Poroma del departamento de Chuquisaca, el ahora peticionante de tutela solicitó licencia temporal desde el 2 de junio hasta el 30 de septiembre del referido año, por motivos familiares, y que se acepte a su suplente Martha Chirari Porcel como Concejal por el bien del municipio (fs. 9). Mediante Acta de Sesión Ordinaria 24/2021 de 16 de junio, en el punto sexto se dio lectura a la solicitud de Pablo Flores Arce y fue aprobado por el pleno del indicado ente deliberante (fs. 10 a 11).

II.5.  Cursa Acta de Compromiso de 30 de julio de 2021, efectuado en la Sede Provincial de la comunidad Irocota, perteneciente al Municipio de Poroma, provincia Oropeza, Segunda Sección del departamento de Chuquisaca, en el que consta que el ahora impetrante de tutela, se compromete a ceder el cargo de Concejal por dos años y medio a su suplente Martha Chirari Porcel, mediante un permiso temporal computado a partir del segundo mes de la gestión, para su posterior reincorporación pasando la media gestión, según acuerdos internos establecidos entre ambos Concejales (fs. 135).

II.6.  Mediante notas presentadas el 3 de mayo, 17 de junio y 26 de julio, todas de 2022, el ahora accionante, solicitó ante el Presidente del Concejo Municipal del GAM de Poroma del departamento de Chuquisaca, su reincorporación a su cargo de Concejal Titular (fs. 12 a 14).

II.7.  A través de la nota CITE: OF. C.G.A.M.P. INT.020/2022 de 23 de junio, Filomeno Cruz Quispe, Presidente; Lucia Alarcón Choque, Vicepresidenta; y, Martha Chirari Porcel, Concejal Secretaria, todos del Concejo Municipal del GAM de Poroma del departamento de Chuquisaca, dieron respuesta a la solicitud de reincorporación presentada el 17 de junio de 2022, por el ahora demandante de tutela, a quien le pidieron previamente el cumplimiento de los acuerdos suscritos, recordándole que, firmó voluntariamente un documento privado debidamente reconocido el 13 de abril de igual año, por el cual renunció indefinidamente al cargo de Concejal Titular y que de acuerdo al Acta de Compromiso que tuvo lugar en la sede provincial de la comunidad de Irocota de 30 de julio de 2021, de manera voluntaria se comprometió a ceder el cargo por dos años y medio a la Concejal Suplente Martha Chirari Porcel, para lo cual solicitó licencia temporal, el mismo que se computará a partir del segundo mes de la gestión 2021, acordándose que se reincorporará transcurrida media gestión, según los acuerdos internos establecidos entre ambos Concejales; en ese contexto, previo a su reincorporación al cargo de Concejal, le exigieron previamente al ahora accionante el cumplimiento de los acuerdos suscritos (fs. 15).

II.8.  Por nota CITE: OF. C.G.A.M.P. INT. 023/2023 de 8 de junio –con fecha de recepción de 14 de junio de 2023–, suscrita por Vicente Araca Heredia, Presidente; Estefanía Chucamani Ugarte, Vicepresidenta; Marcelina Valeriano Patsi; Filomeno Cruz Quispe; y, Lucia Alarcón Choque, todos miembros del Concejo Municipal del GAM de Poroma del departamento de Chuquisaca, otorgaron respuesta al escrito de 31 de mayo de 2023, presentado por el ahora impetrante de tutela, refiriendo que se suscribió el documento privado de “Gestión Compartida” entre Concejales Titulares y Suplentes, en el cual el accionante solicitó licencia indefinida para permitir que la Concejal Suplente Martha Chirari Porcel asuma la titularidad, además de la suscripción del acta de compromiso en la Sede Provincial de la comunidad de Irocota, oportunidad en la que se acordó que el peticionante de tutela, se incorporará (después de dos años y medio de transcurrida la gestión) según los acuerdos internos establecidos entre ambos Concejales, y finalmente, señalaron que previo a su reincorporación al cargo de Concejal, debe dar cumplimiento a los acuerdos suscritos y acatar determinaciones de las organizaciones sociales y políticas del Municipio, y respetar de manera disciplinada los compromisos asumidos (fs. 16).

II.9.  Consta nota de 23 de agosto de 2023, por la cual el demandante de tutela, por novena vez reitera su petición de reincorporación a su cargo de Concejal Titular del Concejo Municipal del GAM de Poroma del departamento de Chuquisaca (fs. 17 y vta.).