SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0049/2024
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0049/2024

Fecha: 17-Jul-2024

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obradas, se establece lo siguiente:

II.1.    A través de escrito de 18 de agosto de 2021, firmado por Alfonzo Mamani, Jiliri Mallku; Eliodoro Mamani Mamani, Qilqa Mallku; y, Humberto Rodríguez Cutile, Sullka Mallku, todos autoridades IOC de la comunidad Ñacoca, provincia Ingavi del departamento de La Paz, se citó a "Rubén Tonconi y Sra", para una audiencia para el 21 del mismo mes y año, con el fin de resolver una denuncia en su contra por agresiones formulada por Isidora Rodríguez Calle Vda. de Ticona (fs. 49).

II.2.    Mediante Certificado de 21 de agosto de 2021, firmado por Reynaldo Chuquimia Marca, Qilqa Mallku; Nolberto Loza Nina, Sullka Mallku; y, Hugo Callisaya Balboa, Jalja Mallku, todos del Ayllu Wiñay Marka de la provincia Ingavi del departamento de La Paz, sé tiene que, ante la petición de Rubén Genaro Tonconi Loza y Lucia Ticona Rodríguez de Tonconi, efectuada el 19 del mismo mes y año, el Qilka Mallku, de dicha organización, acudió a la comunidad de Ñacoca, con el fin de notificar a Isidora Rodríguez Calle Vda. de Ticona, para instalar una audiencia de conciliación con sus familiares, citación que fue rechazada por ésta señalando expresamente que, “...acudirá a la instancia de Justica Ordinaria” (sic [fs. 64]).

II.3.    Cursa formularios de audiencia conciliación suspendidas de 30 de septiembre, 15 y 29, ambos de octubre, todos de 2021, emitida por la Secretaria Municipal de Desarrollo Social - Unidad dé Adultos Mayores del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto; por los cuales, se constata que, ante la notificación de Lucia Ticona Rodríguez de Tonconi y Rubén Ticona Rodríguez, estos no asistieron a tres citaciones de conciliación que debió efectuarse con la presunta víctima de violencia, Isidora Rodríguez Calle Vda. de Ticona (fs. 209 a 2014).

II.4.    Consta Informe Social de 28 de octubre de 2021, emitido por Pamela Elvira Silva Rivera, Trabajadora Social de la Unidad de Adultos Mayores del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto; por el cual, previo estudio de trabajo social, se estableció que Isidora Rodríguez Calle Vda. de Ticona de setenta y ocho (78) años de edad: i) Se encuentra atravesando persecuciones constantes de su hija y su nieto, siendo víctima de insultos y otras agresiones; ii) Busca su tranquilidad con la parte que le toca por derecho, está consciente de que parte de las cosas que hizo su esposó en vida, es para su hija e hijo, aunque nunca pensó que se comportarían de esta manera; iii) Tiene un estado emocional delicado, recomendándose ente ello que se tomen las medidas de protección necesarias; y, iv) Ante la citación de Lucia Ticona Rodríguez de Tonconi y Rubén Ticona Rodríguez, con el objeto de resolver esta problemática éstos nunca se presentaron (fs. 201 a 204).

II.5.    Por Acta de posesión de 9 de enero de 2022, firmada por Erne Quispe Nina, Ejecutivo Provincial de SIMACO, Eulogia Fora Mamani, Jacha Mallku CAOTM, y Julio Huanca Fernández, Comisión Orgánica de la CSUTCB; mediante la cual se advierte que, se posesionó como autoridades IOC: "...a los siguientes hermanos y hermanas de la Sub Central Wiñay Marka del Cantón Santa Rosa de Taraco.

Jiliri Mallku Sub Central - Seferino Canaviri y Sra.

Jiliri Sullka Mallku - Mario Quispe Cahuana y Sra.

Jiliri Quelka Mallku - Hipólito Nina Cruz y Sra.

Jiliri Jalja Mallku - Lucia Cutili Nina" (sic [fs. 63]).

II.6.    Consta fotocopias de credenciales, emitidos por el Suyu Ingavi de Markas, Ayllus y comunidades Originarias (SIMACO), pertenecientes a: a) Ceferino Canaviri Flores, Jiliri Mallku de la comunidad de Santa Rosa, Ayliu Wiñay Marka con firmas ilegibles; b) Mario Mamani Quispecahuana, Sullka Mallku de la comunidad Ñacoca, Ayllu Wiñay Marka, con firmas ilegibles; y, c) Hipólito Nina Cruz, Qillqiri Mallku de la comunidad Coacollo, Ayllu Wiñay Marka, con firmas ilegibles; cursa además fotocopias de cédulas de identidad que pertenecen a: 1) Ceferino Canaviri Flores, con domicilio en la calle Pascoe 200 Zona Los Andes de la ciudad de El Alto; 2) Mario Mamani Quispecahuana, con domicilio en calle Nery Esq. García 300 zona Ballivian Segunda Sección de la ciudad de Nuestra Señora de La Paz; y, 3) Hipólito Nina Cruz, con domicilio en la comunidad Coacollo provincia Ingavi, todos del departamento de La Paz (fs. 57 a 62).

II.7.    A través de copias legalizadas por la Fiscalía de Materia, de Certificaciones de julio de 2022, firmadas por, Daniel Mamani, Jiliri Mallku, Emiliano Mamani Mamani, Sullka Mallku, Mario Mamani Quispecahuana, Sullka Mallku, todos autoridades IOC de la comunidad Ñacoca; y, Ceferino Canaviri Flores, Jiliri Mallku; y, Mario Mamani Quispecahuana, Sullka Mallku, ambos autoridades IOC del Ayllu Wiñay Marka del municipio de Taraco, por las cuales certifican que, Rubén Ticona Rodríguez, Lucia Ticona Rodríguez de Tonconi y Marisol Apaza Calle, pertenecen a la comunidad Ñacoca, cumpliendo funciones como afiliados en la referida comunidad (fs. 226 a 228).

II.8.    Certificado Médico Forense de 27 de junio de 2022, firmado por Julio Guillermo Dalence Montaño; Médico Forense del Instituto de Investigaciones Forenses (IDIF); mediante el cual, se diagnosticó que, Isidora Rodríguez Calle Vda. de Ticona de setenta y nueve años de edad, presenta lesiones físicas consistentes en, equimosis en la región mandibular derecha e izquierda; equimosis en la cara lateral derecha y excoriación en la cara lateral izquierda del cuello; ocho equimosis en el brazo derecho; y, nueve equimosis, en el brazo izquierdo (fs. 103).

II.9.    Cursa Resolución de medidas de protección de 13 de julio de 2022, emitida por Jorge Lizandro Álvarez Arismendi, Fiscal de Materia, en favor de Isidora Rodríguez Calle Vda. de Ticona –denunciante y víctima–, dentro del proceso penal signado con, el CUD 201502022205477; en la cual, se dispuso que: i) Isidora Rodríguez Calle Vda. de Ticona, sea restituida a su domicilio; y, ii) Lucia Ticona Rodríguez, Rubén Ticona Rodríguez y Marizol Apaza Calle, se abstengan de agredir a la víctima, ingresar al domicilio de la víctima y suscriban un acta de no agresión en favor de la víctima (fs. 41); Al efecto, consta memorial firmado por Isidora Rodríguez Calle Vda. de Ticona, de 10 de agosto de mismo año, denunciando al Ministerio Público el incumplimiento de las medidas de protección dispuestas a su favor (fs. 72).

II.10.  Mediante Informe Psicológico de 22 de julio de 2022, elaborado, por Lourdes Mamani Manuelo, Psicóloga de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia - Servicios Legales Integrales Municipales (DNA-SLIM) del Gobierno Autónomo Municipal de Viacha, y previa valoración psicológica, se concluyó en que Isidora Rodríguez Calle Vda. de Ticona de setenta y nueve años de edad: a) Fue agredida físicamente por su hija Lucia Ticona Rodríguez de Tonconi, su nieto Rubén Ticona Rodríguez y su nieta política Marizol Apaza Calle el 26 de junio de 2022; b) Recibió amenazas de muerte por sus familiares prenombrados, desde "san juan de 2021", quienes tienen la intención de quitarle su bien inmueble que está ubicado en la comunidad Ñacoca del municipio de Taraco; c) Ya denunció estas, agresiones a la Unidad de Protección del Adulto Mayor de El Alto el año 2021; y, d) Presenta un estado de depresión moderada a consecuencia de las constantes agresiones psicológicas y físicas (fs. 149 a 151).

II.11.  Por memorial presentado al Juzgado de Instrucción Penal de Viacha del departamento de La Paz, el 18 de agosto de 2022, Jorge Lizandro Álvarez Arismendi, Fiscal de Materia, imputó, formalmente a Rubén Ticona Rodríguez, Lucia Ticona Rodríguez de Tonconi y Marizol Apaza Calle, el presunto delito de violencia familiar o doméstica, siendo víctima y denunciante Isidora Rodríguez Calle Vda. de Ticona, teniendo como antecedentes que: "…el 26 de junio de 2022 a horas 18:30 aprox., en la residencia Taraco de la Comunidad Ñacoca de la provincia Ingavi la Sra. Isidora Rodríguez Vda. de Ticona en la cual se encontraba cuidando y pasteando sus ovejas en el campo y al retornar a su domicilio su hija Lucia Ticona vino a su domicilió conjuntamente con su hijo Rubén Ticona y su Yerna Marizol Apaza agrediria físicamente, en la cual su hija lucia le agarró del brazo y del otro brazo su hijo Rubén Ticona y Marizol Apaza le da cachetadas en la cara, hasta el punto de votaria al piso donde Lucia Ticona le ahora el cuello, motivo por el cual tuvo la víctima tuvo que ir a dormir conde un vecino a fin de evitar más agresiones" (sic [fs. 20 a 21 vta.]).

II.12.  A través de Auto Interlocutorio 179/2022 de 19 de agosto, el Juez de Instrucción Penal Primero de Viacha del departamento de La Paz, declinó competencia en razón de territorio al Juzgado Público Mixto Civil y Comercial, de Familia e Instrucción Penal Primero de Guaqui del prenombrado departamento, el proceso penal signado con el CUD 201502022205477 (fs. 23 y vta.); siendo radicada la causa penal en el mencionado Juzgado de Guaqui, mediante Decreto de 24 de agosto de 2022 firmado, por Juez Público Mixto Civil y Comercial, de Familia e Instrucción Penal Primero de Guaqui del departamento de La Paz (fs. 53 vta.).

II.13.  Por Resolución de 17 de octubre de 2022, Ramiro Brígido Caritas Quispe, Juez Público Mixto Civil y Comercial, de Familia e Instrucción Penal Primero de Guaqui del departamento de La Paz, homologó las medidas de protección dispuestas en favor de Isidora Rodríguez Calle, por Resolución Fiscal de 13 de julio del mismo año (fs. 120 y vta.).