SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0386/2024-S1
Fecha: 31-Jul-2024
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa Resolución de Directorio 012/2022 de 16 de mayo, emitida por el Directorio en pleno de la DAU, resolviendo la suspensión temporal del socio Juan Carlos Arias Ugarte, Administrativo del Bloque Diablos, refiriendo que “…al presente existe elementos probatorios de Difamación Calumnias e Injurias, Graves o Gravísimas y desprestigio de la institución, llegando a causar daño, moral, económico, y mostrando una separación velando sus interés propios…” (sic); además, de “…SER REMITIDO AL TRIBUNAL DE HONOR PARA SU VALORACIÓN, Y PROCESAMIENTO LEGAL, PARA ESE EFECTO DEBEN CUMPLIR LOS REQUISITOS Y DEMÁS FORMALIDADES DE RIGOR PARA SU SANCIÓN O ABSOLUCIÓN…” (sic [fs. 8 a 9]).
II.2. Consta Resolución de Directorio 014/2022 de 16 de mayo, dictada por el Directorio en pleno de la DAU, resolviendo la suspensión temporal del socio Fabricio Raúl Villarroel Arnez, Socio Cotizante del Bloque Diablos, señalando que “…al presente existe elementos probatorios de Difamación Calumnias e Injurias, Graves o Gravísimas y desprestigio de la institución, llegando a causar daño, moral, económico, y mostrando una separación velando sus interés propios…” (sic); también, “…SER REMITIDO AL TRIBUNAL DE HONOR PARA SU VALORACIÓN, Y PROCESAMIENTO LEGAL, PARA ESE EFECTO DEBEN CUMPLIR LOS REQUISITOS Y DEMÁS FORMALIDADES DE RIGOR PARA SU SANCIÓN O ABSOLUCIÓN…” (sic [fs. 16 a 17]).
II.3. Cursa Resolución de Directorio 015/2022 de 16 de mayo, emitida por el Directorio en pleno de la DAU, resolviendo la suspensión temporal del socio Yamil Ríos Cazas, Co-Administrativo del Bloque Diablos, refiriendo que “…al presente existe elementos probatorios de Difamación Calumnias e Injurias, Graves o Gravísimas y desprestigio de la institución, llegando a causar daño, moral, económico, y mostrando una separación velando sus interés propios…” (sic); además, de “…SER REMITIDO AL TRIBUNAL DE HONOR PARA SU VALORACIÓN, Y PROCESAMIENTO LEGAL, PARA ESE EFECTO DEBEN CUMPLIR LOS REQUISITOS Y DEMÁS FORMALIDADES DE RIGOR PARA SU SANCIÓN O ABSOLUCIÓN…” (sic [fs. 21 a 22]).
II.4. Consta Resolución de Directorio 018/2022 de 16 de mayo, dictada por el Directorio en pleno de la DAU, resolviendo la suspensión temporal del socio José Yuri García Alba, del Bloque Diablos, señalando que “…al presente existe elementos probatorios de Difamación Calumnias e Injurias, Graves o Gravísimas y desprestigio de la institución, llegando a causar daño, moral, económico, y mostrando una separación velando sus interés propios…” (sic); también, “…SER REMITIDO AL TRIBUNAL DE HONOR PARA SU VALORACIÓN, Y PROCESAMIENTO LEGAL, PARA ESE EFECTO DEBEN CUMPLIR LOS REQUISITOS Y DEMÁS FORMALIDADES DE RIGOR PARA SU SANCIÓN O ABSOLUCIÓN…” (sic [fs. 27 a 28]).
II.5. Cursa Resolución de Directorio 019/2022 de 16 de mayo, emitida por el Directorio en pleno de la DAU, resolviendo la suspensión temporal del socio Freddy Atanacio Gutiérrez, Socio Cotizante del Bloque Diablos, refiriendo que “…al presente existe elementos probatorios de Difamación Calumnias e Injurias, Graves o Gravísimas y desprestigio de la institución, llegando a causar daño, moral, económico, y mostrando una separación velando sus interés propios…” (sic); además, de “…SER REMITIDO AL TRIBUNAL DE HONOR PARA SU VALORACIÓN, Y PROCESAMIENTO LEGAL, PARA ESE EFECTO DEBEN CUMPLIR LOS REQUISITOS Y DEMÁS FORMALIDADES DE RIGOR PARA SU SANCIÓN O ABSOLUCIÓN…” (sic [fs. 34 a 35]).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO | II. Excepcionalmente, previa justificación fundada, dicha acción será viable cuando:
- I. La Acción de Amparo Constitucional no procederá cuando exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados de serlo.
- POR TANTO