SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0417/2024-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0417/2024-S3

Fecha: 03-Jul-2024

II. CONCLUSIONES

De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.  Cursa Ecografía Obstétrica de 4 de julio de 2022, realizada por Deysi Mejillones, Médico Cirujano Ecografista; por la cual, se concluye que Joseline Adriana Aruquipa Bernal -hoy accionante-, cuenta con una edad gestacional de diecinueve semanas y tres días, con fecha probable de parto al 25 de noviembre de 2022 (fs. 3).

II.2.  Mediante Nota de 22 de julio de 2022, elaborado por Elva Elena Ugarteche Lino, Notaria de Fe Pública 89 de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra -ahora accionada-, se respondió al memorial de solicitud de aprobación de certificado prenatal de la accionante, refiriendo que “…en atención a la determinación emitida por el Comité de Despidos NO corresponde la exigencia de firma y aprobación del certificado de atención prenatal que me hiciera llegar, habida cuenta que de acuerdo a la resolución del Comité de Despido usted fue despedida de su puesto de trabajo” (sic [fs. 10]).

II.3.  Por memorial presentado el 15 de julio de 2022, dirigido ante la Autoridad Sumariante de la Notaria de Fe Pública 89 de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra; la accionante interpuso recurso de revocatoria contra la Resolución Final de 13 de junio del citado año, dentro del proceso sumario administrativo, fundamentando agravios y solicitando que la resolución impugnada sea anulada y se ordene el archivo de obrados (fs. 12 a 21 vta.).