SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0521/2024-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0521/2024-S3

Fecha: 18-Jul-2024

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Mediante Resolución Técnica D.O.T. 03/2022 de 8 de febrero, emitida por Dirección de Ordenamiento Territorial  de la Secretaria Municipal de Innovación Tecnológica y Planificación del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra, resolviendo el recurso de revocatoria interpuesto por Hugo Céspedes Terrazas contra el Oficio Externo Carto 485/2021 de 18 de noviembre, que rechazó su solicitud de registro topográfico, trámite signado con el “diamante R.T.M. 165/2021”, en su parte resolutiva señaló: “RESUELVEARTÍCULO PRIMERO.- De conformidad al Art. 61 de la Ley de Procedimiento Administrativo, Art. 69 de la Ley Autonómica Municipal GAMSCS N° 009/2015 de fecha 20 de Enero de 2015, se resuelve REVOCAR el Oficio Externo CARTO N° 485/2021, de 18 de Noviembre de 2021. ARTÍCULO SEGUNDO.- Se dispone dar curso a la petición de ANULACION del Registro Topográfico Empresa Agroindustrial Guapilo Ltda. plano N° 543/1999 de fecha 09/12/1999, levantar en los registro digitales de la base de datos de Registros Tipográficos, así como en el Sistema de Información Territorial (SIT) (sic [fs. 24 a 26]).

II.2.    A través de la Resolución Técnica D.O.T. 16/2022 de 18 de mayo, emitida por Dirección de Ordenamiento Territorial  de la Secretaria Municipal de Innovación Tecnológica y Planificación del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra, de oficio por esa instancia municipal, expresó en su aparte resolutiva: “RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- Se dispone la Anulación del plano de Registro Topográfico 003-M de fecha 18 de Marzo de 2022 a nombre de Hugo Céspedes Terrazas, debiendo levantar en los registros digitales de la base de datos de Registro Topográficos, así como en el Sistema de Información Territorial (SIT), por encontrarse en sobre posición con terreno de propiedad municipal según instrumento N° 810/99, con nota marginal de inscripción en Derechos Reales bajo la Partica Computarizada N° 010394905 en fecha 22 de Diciembre de 1999”      (sic [fs. 28 a 30]).

II.3.    Mediante Resolución Técnica D.O.T. 21/2022 de 14 de junio, emitida por la Dirección de Ordenamiento Territorial de la Secretaria Municipal de Innovación Tecnológica y Planificación del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra, en recurso de revocatoria interpuesto por Hugo Céspedes Terrazas, a través de la cual confirmó la Resolución Técnica 16/2022 (fs. 38 a 43); contra esta Resolución el accionante también presentó recurso jerárquico (fs. 44 a 49); que fue resuelto por Resolución Administrativa 03/2022 de 14 de julio, emitido por Secretaria Municipal de Planificación para el Desarrollo del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra, confirmando la resolución impugnada , manteniendo firme y subsistente la Resolución Técnica D.O.T. 16/2022 (fs. 50  a 58).