SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0593/2024-S3
Fecha: 01-Ago-2024
Ahora bien, en el caso en análisis, el accionante en audiencia de consideración de la presente acción tutelar, a través de su representante, refirió que, el 13 de enero de 2022, se determinó la aplicación de su detención preventiva por el lapso de ci
En consecuencia, el Tribunal de garantías al conceder en parte la tutela, no actuó de forma correcta.
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera, en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución 142/22 de 2 de agosto de 2022, cursante de fs. 22 vta. a 24, pronunciada por el Tribunal de Sentencia Penal Décimo del departamento de Santa Cruz; y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada, conforme a los Fundamentos Jurídicos en el presente fallo constitucional.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Isidora Jiménez Castro
MAGISTRADA
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES RELEVANTES DEL CASO
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III. CASO CONCRETO
- Ahora bien, en el caso en análisis, el accionante en audiencia de consideración de la presente acción tutelar, a través de su representante, refirió que, el 13 de enero de 2022, se determinó la aplicación de su detención preventiva por el lapso de ci