SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0520/2024-S2
Fecha: 22-Ago-2024
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve:
CORRESPONDE A LA SCP 0520/2024-S2 (viene de la pág. 16).
CONFIRMAR la Resolución 0144/2023 de 19 de septiembre, cursante de fs. 562 a 569, pronunciada por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca; y en consecuencia:
1º CONCEDER la tutela solicitada, conforme a los fundamentos jurídicos expuestos en este fallo constitucional, respecto a la lesión al derecho al acceso a la justicia o tutela judicial efectiva; y, al debido proceso en sus componentes fundamentación y motivación en los mismos términos que la referida Sala Constitucional.
2º DENEGAR la tutela solicitada, en lo referente a la lesión del derecho a la defensa; y, de los principios de verdad material y congruencia como parte del debido proceso.
3º Al ser en parte la tutela concedida, la misma es sin responsabilidad por ser excusable.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
MSc. DAEN Brigida Celia Vargas Barañado
MAGISTRADA
MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA