SENTENCIA
CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0569/2024-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0569/2024-S2

Fecha: 07-Ago-2024

POR TANTO

El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 142/2024 de 8 de agosto, cursante de fs. 17 a 19, pronunciada por la Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; y en consecuencia:

1°  DENEGAR la tutela impetrada, conforme a los fundamentos jurídicos desarrollados en este fallo constitucional;

2°  Exhortar a Delfor Emmanuel Ríos Arrueta, Juez de Sentencia Penal Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Sexto de la Capital del departamento de La Paz, para que en futuros casos observe la jurisprudencia constitucional expuesta en el Fundamento Jurídico III.4 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional;

CORRESPONDE A LA SCP 0569/2024-S2 (viene de la pág. 11).

3°  Instruir a la Defensoría de la Niñez y Adolescencia del Gobierno Autónomo Municipal del Alto, a que efectué un seguimiento pormenorizado del proceso penal de origen de esta acción de defensa signado con el Código Único de Denuncia 201502022309035, al involucrar a un menor de edad y posible víctima de violencia sexual, coadyuvando y asumiendo su rol de defensor de la niñez y adolescencia, en lo que corresponde dentro del presente caso, con la debida oportunidad, eficacia y actuación diligente a objeto de preservar los derechos del niño AA.

Al efecto se ORDENA que dicha dependencia remita un informe a esta Relatoría, en el plazo de tres meses de notificado con esta acción de defensa, sobre el estado del proceso penal y el detalle de la situación del menor que evidencia a su vez que no esté siendo objeto de posibles escenarios de revictimización, disponiendo que por Secretaria General de este Tribunal se procesa a la notificación del responsable de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia del Gobierno Autónomo Municipal del Alto; y,

4°  Reiterar la EXHORTACIÓN realizada al Ministerio Público en (el expediente 65552-2024-132-AL) la SCP 0412/2024-S2 de 29 de julio, de esta misma Relatoría, que vincula de forma directa a este caso al tratarse del mismo proceso penal de origen; debiendo por Secretaría General de este Tribunal proceder a la notificación del Fiscal Departamental de La Paz con el presente fallo constitucional.

Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.

MSc. DAEN Brigida Celia Vargas Barañado

MAGISTRADA

MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas

MAGISTRADA