SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0655/2024-S3
Fecha: 15-Ago-2024
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 40/2024 de 4 de julio, cursante de fs. 171 a 174, pronunciada por la Jueza de Sentencia Penal Séptimo del departamento de La Paz, constituido en Jueza de garantías; y, en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada, en los mismos términos expuestos en este fallo.
1° En el término de 48 horas de notificado este fallo el Juez accionado debe instalar audiencia de verificación de medidas de protección y revocatoria de medidas cautelares salvo que por el transcurso del tiempo el proceso penal no se encuentre en movimiento.
2° Notificar por Secretaria general del Tribunal Constitucional Plurinacional al Fiscal General del Estado para que supervise y tome acciones de ley contra los fiscales y personal del Ministerio Público que corresponda, en su actuación contra la hoy accionante.
3° Exhortar al Fiscal general del Estado, garantice el cumplimiento de la celeridad en la acción penal de forma efectiva bajo responsabilidades.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Isidora Jiménez Castro
MAGISTRADA
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO