SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0535/2024-S2
Fecha: 02-Sep-2024
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 377/2022 de 24 de julio, cursante de fs. 39 a 41, pronunciada por el Juez de Instrucción Penal Quinto de El Alto del departamento de La Paz; y en consecuencia: DENEGAR la tutela solicitada, conforme a las razones, fundamentos y aplicación de jurisprudencia expuestos en el presente fallo constitucional y con la aclaración de no haber ingresado al análisis de fondo de la problemática planteada.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA
Fdo. MSc. DAEN Brigida Celia Vargas Barañado
MAGISTRADA
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO | Tercero: EN GRADO DE CALIFICACION DE DAÑOS OCASIONADOS SOLICITO SE IMPONGA MULTA PECUNIARIA DE Bs. 5.000.-” (sic).
- Segundo: SE REMITAN ANTECEDENTES ANTE EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA A OBJETO DE SU CONOCIMIENTO. | Cuarto: EN GRADO DE CALIFICACION DE DAÑOS OCASIONADOS SOLICITO SE IMPONGA MULTA PECUNIARIA DE Bs.5.000.-” (sic).
- Tercero: SE REMITAN ANTECEDENTES ANTE EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA A OBJETO DE SU CONOCIMIENTO
- POR TANTO