SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0803/2024-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0803/2024-S3

Fecha: 11-Sep-2024

II. CONCLUSIONES

De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Por memorial presentado de 16 de marzo de 2021, ante los Jueces del Tribunal de Sentencia Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Primero de la Capital del departamento de La Paz, Rafael Arcángel Quispe Flores -ahora accionante-, formuló recurso de apelación restringida contra la Sentencia 13/2021 de 12 de febrero, y su Auto complementario de 19 del citado mes de 2021, emitida por el citado Tribunal por el que se le declaró autor y culpable de la comisión del delito de acoso político contra mujeres, condenándole a la pena privativa de libertad de dos años de reclusión (fs. 3 a 12 vta.).

II.2.    Consta Auto de Vista 03/2023 de 5 de enero, emitido por los Vocales de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, por el cual, rechazaron y declararon inadmisible el recurso de apelación restringida planteado por el accionante; en ese sentido, confirmaron la Sentencia 13/2021 (fs. 13 a 17); y ante el memorial presentado el 3 de julio de 2023, dirigido a los citados Vocales, el nombrado solicitó explicación, complementación y enmienda, emitiéndose el Auto de 5 de igual mes y año, declarando no ha lugar a esa solicitud (fs. 20 a 24).

II.3.    Por memorial de 3 de agosto de 2023, ante los Vocales de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, el accionante planteó recurso de casación contra el Auto de Vista 03/2023, solicitando entre otros aspectos, que se declare fundado dicho recurso y se determine la contradicción de la Sentencia con la Constitución y con la línea de precedentes contradictorios señalados y se devuelvan obrados al Tribunal de alzada para que se dicte una nueva resolución (fs. 27 a 30).

II.4.    Cursa AS 1837/2023-RA de 17 de noviembre, emitido por Olvis Egüez Oliva y Edwin Aguayo Arando, Magistrados de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia -hoy accionados-, por el cual declararon inadmisible el recurso de casación, planteado por el accionante contra el Auto de Vista 03/2023; siendo notificado con esa determinación el 28 de diciembre de 2023 (fs. 39 a 43). Contra dicha determinación por memorial presentado el 25 de enero de 2024, dirigido a los Vocales de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, el accionante solicitó explicación, complementación y enmienda del citado Auto Supremo, emitiéndose en consecuencia el Auto de 26 de igual mes y año, disponiendo no ha lugar a ese pedido (fs. 147 a 148).