SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0803/2024-S3
Fecha: 11-Sep-2024
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 57/2024 de 10 de abril, cursante de fs. 205 a 207 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; y, en consecuencia:
1° CONCEDER en parte la tutela solicitada con relación a los derechos de acceso a la justicia, a recurrir, a la defensa y al debido proceso en sus elementos de motivación, fundamentación y congruencia; disponiendo:
a) Dejar sin efecto el Auto Supremo 1837/2023-RA de 17 de noviembre, debiendo los Magistrados de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, pronunciar uno nuevo, conforme con los fundamentos jurídicos expuestos en el presente fallo constitucional.
2° DENEGAR la tutela solicitada respecto al derecho al debido proceso en sus elementos de legalidad y seguridad jurídica.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. Dr. Petronilo Flores Condori
MAGISTRADO
Fdo. MSc. Isidora Jiménez Castro
MAGISTRADA