SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0624/2024-S2
Fecha: 24-Sep-2024
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 165/2022 de 28 de diciembre, cursante de fs. 263 a 266 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca; y en consecuencia,
1° CONCEDER la tutela solicitada respecto al debido proceso en sus componentes fundamentación y motivación, como también de los principios de legalidad y taxatividad, en los mismos términos dispuestos por la referida Sala Constitucional, conforme a los fundamentos jurídicos de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional; y,
2° DENEGAR en cuanto al derecho al debido proceso en su componente congruencia externa e interna, y el principio de tipicidad.
CORRESPONDE A LA SCP 0624/2024-S2 (viene de la pág. 16).
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
MSc. DAEN Brigida Celia Vargas Barañado