SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0591/2024-S2
Fecha: 11-Sep-2024
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado, los arts. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional y 44.2 del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 173/2022 de 15 de noviembre, cursante de fs. 208 a 213, pronunciada por la Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; y, en consecuencia:
1° CONCEDER la tutela impetrada respecto al debido proceso, en sus elementos de congruencia, motivación y fundamentación de las resoluciones; dejando sin efecto el Auto de 10 de junio de 2022; y, disponer que las autoridades accionadas en el plazo tres días hábiles computables a partir de su notificación con el presente fallo constitucional, emitan una nueva resolución que resuelva el incidente de nulidad de obrados presentado por el peticionante de tutela el 3 de mayo de 2022, en el marco de lo expuesto en el Fundamento Jurídico III.2 de esta Sentencia Constitucional Plurinacional; y,
2° DENEGAR la tutela solicitada, en relación con el derecho a la defensa y al principio de seguridad jurídica; y, con respecto a la pretensión de costas.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA
Fdo. MSc. DAEN Brigida Celia Vargas Barañado
MAGISTRADA