SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0771/2024-S3
Fecha: 06-Sep-2024
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Consta Resolución Final de Proceso Sumario Interno 009/2022 de 14 de julio, emitida por Armando Quispe Martínez, Presidente; Sarai Jael Villarrubia Ortega, Vicepresidenta; y, Telma Mabel Soto Oros, Secretaria, miembros del Tribunal Sumariante -hoy tercero interesado- contra Sixta Marcela Ayllon Castro -ahora accionante-, Secretaria de Consejos a.i., todos de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Abierta Catedral R.L., en el proceso sumario interno, por no cumplir sus obligaciones laborales -contenidos en el Informe de Auditoria Interna U.A.I. 165/2019 de 30 de noviembre- traducidas en las siguientes faltas muy graves: 1) Incumplimiento de la obligación de confidencialidad en el Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social; y, 2) Manipulación de Actas del Consejo de Administración. En cuya parte resolutiva resuelve: “…se comprueba la existencia de RESPONSABILIDAD LABORAL Y ADMINISTRATIVA de la señora SIXTA MARCELA AYLLON CASTRO - SECRETARIA DE CONSEJOS A.I.; APROBANDO Y RECOMENDANDO el Despido sin Goce de Beneficios Sociales, por la contravención al ordenamiento jurídico administrativo de la Cooperativa contenido en las normas precitadas…” (sic) en las consideraciones anteriores e infracción al art. 16 incs. b) y e) de la Ley General del Trabajo (LGT) y el art. 9 inc. e) de su Decreto Reglamentario (fs. 423 a 433).
II.2. Mediante memorial presentado el 19 de julio de 2022, ante los miembros del Tribunal Sumariante de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Abierta Catedral R.L., la accionante formuló recurso de apelación contra la Resolución Final de Proceso Sumario Interno 009/2022 (fs. 197 a 209).
II.3. Cursa Auto Administrativo 001/2022 de 2 de agosto, emitido por Natividad Ramírez Garnica, Presidenta; Carlos Omar Dávila Díaz, Vicepresidente; y, Paola Cecilia Herrera Méndez, Secretaria; miembros del Tribunal Administrativo de Apelación Cooperativa de Ahorro y Crédito Abierta Catedral R.L. -hoy accionados-; a través del cual en etapa de impugnación del citado proceso sumario interno seguido contra la accionante, en su parte resolutiva expresó: “…se ratifica en su totalidad la Resolución Nro. 09/2022 de fecha 14 de julio del 2022; confirmando en consecuencia el Despido sin Goce de Beneficios Sociales de la Sumariada, por la contravención al ordenamiento jurídico administrativo de la Cooperativa contenido en las normas precitadas en los Considerandos anteriores, basado en la infracción al Art. 16/Incisos b) y e) de la Ley General del Trabajo y Art. 9/Inciso e) de su Decreto Reglamentario, por Revelación de Secretos Industriales e Incumplimiento a Contrato Laboral” (sic [la negrillas y el subrayado son nuestros {fs. 553 a 556 vta.}]).