SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0014/2025-S2
Fecha: 14-Feb-2025
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 016/2024 de 8 de noviembre, cursante de fs. 32 a 35 vta., pronunciada por la Jueza de Ejecución Penal Primera de la Capital del departamento Oruro; y, en consecuencia:
1° DENEGAR la tutela solicitada aclarando que no se ingresó al fondo de la problemática expuesta;
2° Disponer que por Secretaría General de este Tribunal Constitucional Plurinacional, se remitan antecedentes de todo lo obrado en la presente acción de libertad al Ministerio de Educación y a la Defensoría de la Niñez y Adolescencia del Gobierno Autónomo Municipal de Oruro, conforme lo desarrollado en el Fundamento Jurídico III.2 de este fallo constitucional; y,
3° Se dispone que por Secretaría General de este Tribunal, se remita una copia de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional a los Tribunales Departamentales de Justicia del país a efectos de que retomen la presencialidad en las acciones de libertad conforme ordena expresamente el texto constitucional y lo expuesto en el Fundamento Jurídico III.3 de este fallo constitucional.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. Boris Wilson Arias López
MAGISTRADO
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA