SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0043/2025-S2
Fecha: 25-Feb-2025
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución 03/2022 de 17 de agosto, cursante de fs. 55 a 58, pronunciada por La Jueza de Sentencia Penal Cuarta de la Capital del departamento de Tarija; y, en consecuencia:
1º CONCEDER la tutela solicitada, conforme a los fundamentos jurídicos precedentemente expuestos, respecto a los derechos a la libertad y debido proceso y la aplicación de los principios de seguridad jurídica e irretroactividad de la ley.
2º Disponer dejar sin efecto el Auto de Vista 195/2022 de 1 de agosto, debiendo el Vocal demandado emitir una resolución conforme al entendimiento del presente fallo constitucional y resolver de forma fundamentada y motivada la solicitud de salidas de trabajo, conforme corresponda en derecho, salvo que por el transcurso del tiempo ya se hubiese definido la situación de la accionante.
3º Denegar la tutela impetrada en cuanto al derecho al trabajo, al no encontrarse el mismo dentro de los presupuestos de activación de la presente acción de libertad.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. Boris Wilson Arias López
MAGISTRADO
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
MAGISTRADA