SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0051/2025-S2
Fecha: 25-Feb-2025
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 05/2022 de 24 de agosto, cursante de fs. 57 a 60 vta., pronunciada por la Jueza de Ejecución Penal Primera del departamento de Cochabamba; y, en consecuencia:
1º CONCEDER en parte la tutela solicitada, respecto a la dilación en la remisión del recurso de apelación incidental interpuesto contra el Auto Interlocutorio de 1 de marzo de 2021, disponiendo que la Jueza accionada de forma inmediata proceda a tomar las medidas necesarias y verificar el cumplimiento material de dicha actuación procesal -remisión del legajo de apelación-, siempre y cuando ello no se hubiese realizado.
2º DENEGAR la tutela impetrada, con relación a la remisión del recurso de apelación contra la resolución de rechazo del incidente por actividad procesal defectuosa, conforme los fundamentos expuestos en el presente fallo constitucional, y la aclaración de no haberse ingresado al análisis de fondo sobre este punto.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas