SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 0022/2025-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0022/2025-S4

Fecha: 27-Feb-2025

Respecto al segundo presupuesto, de absoluto estado de indefensión, en el presente caso también se encontraría incumplido; toda vez que, el accionante en su demanda de acción tutelar, señalando que para afectos de garantizar su derecho a la defensa,

Sin perjuicio de lo resuelto no es menos evidente que el error o imprecisión en el informe emitido por la autoridad demandada, pudo haber generado un grave perjuicio en el ahora accionante, por lo que se exhorta a dicha autoridad; asuma el mayor cuidado en el cumplimiento de su deber y emisión de información que curse en su despacho.

En consecuencia, el Juez de garantías, al denegar la tutela impetrada, obró de forma correcta.

POR TANTO

El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Cuarta Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado; y, el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 15/2022 de 18 de agosto, cursante de fs. 67 a 68 vta., pronunciado por el Juez de Sentencia Penal Décimo Tercero del departamento de La Paz; y en consecuencia; DENEGAR la tutela solicitada, conforme a los Fundamentos Jurídicos expuestos en el presente fallo constitucional; y, 2º Exhortar al señalado Juez de Garantías, a asumir el mayor cuidado en el cumplimiento de su deber y emisión de información que curse en su despacho.

Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.

René Yván Espada Navía

MAGISTRADO

MSc. Isidora Jiménez Castro

MAGISTRADA