SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0002/2025-S2
Fecha: 14-Feb-2025
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 23/2022 de 16 de agosto, cursante de fs. 43 a 47 vta., pronunciada por el Juez de Ejecución Penal Tercero de la Capital del departamento de La Paz; y, en consecuencia:
1º CONCEDER en parte la tutela solicitada respecto al derecho a la vida, en relación al derecho a la mujer a una vida libre de violencia, y a la integridad personal, conforme los fundamentos y razonamientos expuestos en el presente fallo constitucional; disponiendo que la autoridad fiscal accionada asuma una actuación diligente para el cumplimiento material de las medidas de protección dispuestas a favor de la accionante.
2º DENEGAR la tutela impetrada con relación a los derechos a una vivienda, a la “seguridad jurídica”, a la defensa y con relación a su pretensión de que el Fiscal de Materia accionado emita mandamiento de aprehensión contra el denunciado, conforme se tiene explicado precedentemente.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas