SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0046/2025-S1
Fecha: 10-Mar-2025
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Cursa acta de audiencia pública de juicio oral y contradictorio efectuada el 13 de julio de 2022, ante el Juez Público Civil y Comercial, de Partido del Trabajo y Seguridad Social y de Sentencia Penal Primero de Chulumani del departamento de La Paz; en la cual debido a que la acusada Marlene Tito Alvarado -ahora accionante- se encontraba sin su abogado defensor, la autoridad jurisdiccional dispuso la suspensión de la misma y señala nuevo día y hora de audiencia para el miércoles 27 de igual mes y año a horas 14:30 (fs. 23 a 24). Notificado a la impetrante de tutela en la misma fecha (fs. 25).
II.2. Se tiene acta de audiencia pública de juicio oral y contradictorio de 27 de julio de 2022, en la cual, ante la incomparecencia injustificada de la acusada, conforme a la previsión establecida en el art. 113 del CCP modificado por la Ley 1173, el Juez Público Civil y Comercial, de Partido del Trabajo y Seguridad Social y de Sentencia Penal Primero de Chulumani del departamento de La Paz, ahora demandado, dispone se expida mandamiento de aprehensión contra la impetrante de tutela, con la única finalidad de ser conducida a su despacho judicial a efectos de instalar la audiencia de juicio, asimismo le designa abogado defensor de oficio (fs. 26 y 27).
II.3. Consta informe manuscrito de Roberto Quispe Chura, efectivo policial, por el cual pone en conocimiento del Juez de la causa, sobre el cumplimiento del mandamiento de aprehensión contra la demandante de tutela, efectuado el 3 de agosto de 2022 a horas 14:15 (fs. 35) ante lo cual, la autoridad jurisdiccional ahora demandada pronunció providencia en la misma fecha ordenando que la aprehendida sea conducida a celdas policiales de Chulumani, hasta que se resuelva su situación jurídica procesal; para tal efecto, señaló audiencia pública de juicio oral y consideración de situación procesal de la acusada para el 4 de agosto de 2022 a horas 15:00 (fs. 31).
- Encabezado
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- POR TANTO
- MAGISTRADA
- MAGISTRADO
- Así, esta tipología fue asumida a través de la SCP 2491/2012 de 3 de diciembre, y debe ser incluida a la presente sistematización, por tanto, frente a los supuestos antes descritos, aun frente a la cesación de actos u omisiones lesivas a la libertad