SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0046/2025-S1
Fecha: 10-Mar-2025
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve; REVOCAR la Resolución 11/2022 de 5 de agosto, cursante de fs. 41 a 44, pronunciada por el Juez de Sentencia Penal Decimotercero de la Capital del departamento de La Paz; y en consecuencia:
1° CONCEDER la tutela solicitada, conforme a los fundamentos jurídicos expuestos en el presente fallo constitucional, sin disponer la libertad de la accionante, debido a que dicho derecho ya fue reestablecido.
2° Llamar la atención a Andrés Mamani Liuca, Juez Público Civil y Comercial, de Partido del Trabajo y Seguridad Social y de Sentencia Penal Primero de Chulumani del departamento de La Paz, exhortando al mismo, que en casos análogos, cumpla con lo previsto por el art. 91 del Código de Procedimiento Penal, bajo advertencia que de persistir en dicha actuación, se dispondrá la remisión de antecedentes al Consejo de la Magistratura.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. MSc. Julia Elizabeth Cornejo Gallardo
- Encabezado
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- POR TANTO
- MAGISTRADA
- MAGISTRADO
- Así, esta tipología fue asumida a través de la SCP 2491/2012 de 3 de diciembre, y debe ser incluida a la presente sistematización, por tanto, frente a los supuestos antes descritos, aun frente a la cesación de actos u omisiones lesivas a la libertad