SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0156/2025-S3
Fecha: 31-Mar-2025
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 01/2022 de 27 de septiembre, cursante de fs. 199 a 205, pronunciada por el Juez Público Civil y Comercial, de la Niñez y Adolescencia y Sentencia Penal Segundo de Vinto del departamento de Cochabamba; y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada, con la aclaración de no haberse ingresado al análisis de fondo de la problemática planteada.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
CORRESPONDE A LA SCP 0156/2025-S3 (viene de la pág. 8).
Al no existir consenso en Sala dentro del presente caso, dirime el Presidente, Magistrado Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano; siendo de Voto Disidente el Magistrado Ángel Edson Dávalos Rojas.
Fdo. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
PRESIDENTE
Fdo. Paola Verónica Prudencio Candia
MAGISTRADA