SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0236/2025-S3
Fecha: 10-Abr-2025
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR en parte la Resolución 05/2022 de 12 de octubre, cursante de fs. 174 vta. a 178, pronunciada por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija; y, en consecuencia:
1° CONCEDER la tutela solicitada, en relación a los Vocales demandados, por vulneración del principio de celeridad, vinculado a los derechos a la vida y salud de la accionante; sin disponer ninguna orden, emergente de la
CORRESPONDE A LA SCP 0236/2025-S3 (Viene de la pág. 16)
concesión de la tutela, constando ya el señalamiento de la audiencia de consideración de la apelación incidental formulada contra el Auto Interlocutorio 124/2022 de 2 de junio, no existiendo, por ende, disposición alguna que determinar; y,
2° DENEGAR la tutela en cuanto al Juez codemandado, en el marco de lo expuesto en los Fundamentos Jurídicos de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
Fdo. Paola Verónica Prudencio Candia
MAGISTRADA
Fdo. Ángel Edson Dávalos Rojas
MAGISTRADO
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