SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0262/2025-S2
Fecha: 21-Abr-2025
II. CONCLUSIONES
De la revisión de los antecedentes que cursan en el expediente, se establece lo siguiente:
II.1. Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancia de Tereza Condori Vásquez identificando como presunta víctima a Patricia Madeleine Orellana Condori contra Fidel Mollo Mamani -hoy accionante-, por la presunta comisión de los delitos de privación de libertad y corrupción de mayores, por Requerimiento Fiscal de 13 de octubre de 2022, Lilian Rosa Hilda Calderón Mariaca, Fiscal de Materia de turno, haciendo referencia al Informe de acción de directa de igual fecha y aprehensión del mencionado impetrante de tutela, determinó, en lo pertinente, el inicio de las investigaciones preliminares y señaló “ Con relación a la situación jurídica FIDEL MOLLO MAMANI, el mismo se encuentra aprehendido, por lo que deberá ser sometido ante la autoridad jurisdiccional quien dispondrá su situación jurídica y a cargo del Fiscal sorteado” (sic [fs. 1 y vta.]).
II.2. Cursa Resolución 367/2022 de 17 de octubre, por la que, Marco Antonio Amaru Flores, Juez de Instrucción Penal Primero de El Alto del departamento de La Paz -hoy accionado-, dispuso la libertad pura y simple del ahora impetrante de tutela, “...bajo las siguientes reglas y condiciones:
1. El verificativo domiciliario que deberá ser realizada por secretaria y/o auxiliar de despacho judicial.
2. Presentación de croquis del domicilio.
Mismos que se imponen a los fines de la investigación del proceso y en caso de ser necesario verificar la presencia del imputado” (sic); constando mandamiento de libertad de igual data (fs. 7 y 9).