SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0233/2025-S3
Fecha: 10-Abr-2025
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la lesión de sus derechos a la libertad personal, a la dignidad y a la vida; toda vez que, fue ilegalmente aprehendido por funcionarios policiales de Riberalta, en virtud al Mandamiento de Apremio a nivel nacional 66/2022 de 7 de septiembre, librado por Boris Alexander Aquino Espinoza, Juez Público de Familia Primero de Cobija del departamento de Pando -ahora demandado-; sin que su persona ni su abogada hubieran tenido conocimiento de la liquidación de asistencia familiar, intimación de pago y mandamiento de apremio librado en su contra dentro del citado proceso, por concepto de pago de asistencia familiar.
En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
III.1. La prohibición de activación de vías paralelas y su vinculación con la subsidiariedad excepcional en la acción de libertad. Jurisprudencia reiterada
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Respecto a la activación paralela de jurisdicciones ordinaria y constitucional sobre el mismo objeto procesal, como causal que impide el pronunciamiento de fondo en esta vía constitucional, la SCP 0163/2024-S2 de 14 de mayo, asumiendo el entendimient