SENTENCIA CONSTITUCIONAL
PLURINACIONAL 0280/2025-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0280/2025-S4

Fecha: 15-Abr-2025

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1.    Dentro del proceso sumario administrativo seguido por la AJAM contra Anahí Mijael Aguilar Rodríguez -ahora accionante-, se tiene memorial de 13 de septiembre de 2022, por el cual presentó prueba de descargo (fs. 56 a 58).

II.2.    Por Resolución Final de Sumario Administrativo AJAM/DESP/SUM/RFSA/EVN/1/2022 de 16 de septiembre, la Autoridad Sumariante de la AJAM, declaró la existencia de responsabilidad administrativa de la accionante, por haber contravenido lo dispuesto por los arts. 12, 26 y 28 del Reglamento Interno de Pasajes y Viáticos de la AJAM; 9, 12 y 19 del Reglamento Interno de Personal, aprobado con Resolución Administrativa Interna AJAM/DJU/AL/RES/ADM/INT/39/2015 de 11 de septiembre; y, 3 y 13 del Reglamento de Responsabilidad por la Función Pública, aprobado mediante DS 23318-A, modificado por el DS 26237; sancionándola con destitución, sólo para fines de registro en su file personal y Contraloría General del Estado (fs. 42 a 55).

II.3.    Mediante memorial presentado el 23 de septiembre de 2022 por la accionante, opuso recurso de revocatoria contra la Resolución Final de Sumario Administrativo citada en el parágrafo anterior (fs. 32 a 41); que fue resuelto por Resolución de Recurso de Revocatoria AJAM/DESP/RRR/5/2022 de 3 de octubre, que resolvió rechazar el recurso de revocatoria y confirmó la resolución impugnada (fs. 22 a 31).

II.4.    A través de memorial presentado el 10 de octubre de 2022 por la accionante, interpuso recurso jerárquico contra la Resolución de Recurso de Revocatoria AJAM/DESP/RRR/5/2022 de 3 de octubre (fs. 12 a 21).

II.5.    Cursa Resolución de Recurso Jerárquico AJAM/DJU/RRJ/52/2022 de 21 de octubre, emitido por Heriberto Erik Ariñez Bazzan, Director Ejecutivo Nacional de la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera, ahora accionado, por el cual resolvió rechazar el recurso jerárquico presentado por la accionante, en consecuencia, confirmó la Resolución de Recurso de Revocatoria AJAM/DESP/RRR/5/2022 de 3 de octubre (fs. 3 a 11).