SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0280/2025-S4
Fecha: 15-Abr-2025
POR TANTO
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Cuarta Especializada; en virtud de la autoridad que le confieren la Constitución Política del Estado, y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 17/2023 de 30 de enero, cursante de fs. 551 a 557; pronunciada por la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; y en consecuencia:
1° CONCEDER la tutela impetrada, en relación a los derechos al debido proceso en sus elementos fundamentación, motivación, congruencia y valoración probatoria; y, el principio de prohibición de autoincriminación, en los mismos términos que la señalada Sala Constitucional y los Fundamentos Jurídicos establecidos en el presente fallo constitucional; y,
2° DENEGAR la tutela solicitada, respecto a los derechos de acceso a la justicia; dignidad humana; trabajo; a participar como candidata y elegida; y, el principio de inocencia, conforme a los Fundamentos Jurídicos de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.
Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.
MSc. Isidora Jiménez Castro
MAGISTRADA
René Yván Espada Navía
MAGISTRADO