SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0307/2025-S3
Fecha: 30-Abr-2025
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Dentro del proceso penal seguido contra el accionante por la comisión del delito de violencia intrafamiliar o doméstica, fue condenado en procedimiento abreviado a la pena de 3 años; por lo que, el 10 de junio de 2022 solicitó a la Jueza de Instrucción Penal Decimocuarta de la Capital del departamento de Santa Cruz, audiencia de salida alternativa, solicitud que mereció la providencia de 13 de junio del citado año, de “estese a los antecedentes del proceso” (fs. 6 y 7).
II.2. Posteriormente mediante providencia de 14 de junio de 2022, en aplicación del art. 168 del CPP, la autoridad demandada dejó sin efecto el proveído de 13 de junio del mismo año y señaló audiencia para considerar la solicitud de salida alternativa de procedimiento abreviado, para el miércoles 1 de julio a horas 12:00 (fs. 16).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO | III. Nadie podrá ser detenido, aprehendido o privado de su libertad, salvo en los casos y según las formas establecidas por la ley (…)
- I. Toda persona tiene derecho a la libertad y seguridad personal. La libertad personal sólo podrá ser restringida en los límites señalados por la ley, para asegurar el descubrimiento de la verdad histórica en la actuación de las instancias ju
- POR TANTO