SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0316/2025-S4
Fecha: 17-Abr-2025
II. CONCLUSIONES
Del análisis y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Por Memorándum Oficina Nacional 999/2023 de 24 julio, notificado a Alcira Mendoza Huanca -ahora accionante-, en la misma fecha, el Gerente General de Fundación PRO MUJER IFD, le comunica que se prescindió de sus servicios, en virtud a la conclusión del proceso interno iniciado en su contra, en aplicación del art. 16 de la Ley General del Trabajo (LGT) inc. e) y de su Decreto Reglamentario en su inc. e) (fs. 14).
II.2. A través del oficio RRHH-OR-251/2023 de 24 de julio, notificada a la ahora accionante, en la misma fecha, el Gerente Regional de Fundación PRO MUJER IFD, le comunica que se procederá a codificar su registro en el RMI de ASFI a la calificación 103 (fs. 15).
- Encabezado
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- Por tanto, es evidente que el control de constitucionalidad a través de la garantía procesal-constitucional (…) acción de protección de privacidad protegida por los arts. 130 y 131 de la CPE, no puede sustituir a estos mecanismos administrativos y ju